La lectura de la Ley 6/2017, de 31 de julio, de modificación
de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears,
relativa a la comercialización de estancias turísticas en viviendas, no
deja lugar a dudas: queda prohibido el alquiler turístico a las familias que no tengan ya permiso, como mínimo durante un año tras la aprobación de la norma.
¿Tiene sentido paralizar durante 12 meses una actividad
económica en funcionamiento para dar tiempo a los políticos a decidir
dónde se puede alquilar? Al actual alcalde de Palma le bastaron minutos
para declarar su intención de prohibirlo en la capital.
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